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LOTAIP FEBRERO 2023

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.

  1. a1) Organigrama de la Institución
  2. a2) Base Legal que rige a la Institución
  3. a3) Regulaciones y procedimientos internos
  4. a4) Metas y Objetivos Unidades Administrativos
  5. b1-El-directorio-completo-de-la-institucion
  6. b2) Distributivo de Personal
  7. c) Remuneración Mensual por Puesto
  8. d) Servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos
  9. e) Contratos Colectivos Vigentes 
  10. f1) Formularios o formatos de solicitudes para los trámites institucionales
  11. f2) Formato para solicitudes y acceso a la información pública
  12. g) Presupuesto de la Institución
  13. h) Resultados de Auditorías Internas y Gubernamentales
  14. i) Procesos de contrataciones
  15. j) Empresas y personas que han incumplido contratos con dicha isntitución
  16. k) Planes y Programas en Ejecución
  17. l) El detalle de los Contratos de Crédito Externos o Internos
  18. m) Mecanismos de Rendición de Cuentas a la Ciudadanía
  19. n) Viáticos, Informes de Trabajo y justificativos
  20. o) El nombre, direccion de la oficina apartado postal y direccion del responsable de atender la informacion publica
  21. s) Resoluciones, Actas de sesiones, Planes de desarrollo, Plan de Ordenamie