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LOTAIP ABRIL 2021

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.

1) Organigrama de la Institución

a2) Base Legal que rige a la Institución

a3) Regulaciones y Procedimientos Internos

a4) Metas y Objetivos Unidades Administrativas

b1) Directorio de la Institución

b2) Distributivo de Personal

c) Remuneración Mensual por Puesto

d) Servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos

e) Contratos Colectivos Vigentes

f1) Formularios o formatos de solicitudes a la información pública

f2) Formato para solicitudes y acceso a la información publica

g) Presupuesto de la Institución

h) Resultados de Auditorías Internas y Gubernamentales

i) Procesos de Contrataciones

j) Empresas y personas que han incumplido contratos

k) Planes y Programas en Ejecución

l) Contratos de Crédito Externos o Internos

m) Mecanismos de Rendición de Cuentas a la Ciudadanía

n) Viáticos, Informes de Trabajo y justificativos

o) Responsable de atender la Información Pública

s) Resoluciones, Actas de sesiones, Planes de desarrollo, Plan de Ordenamiento territorial y ordenanzas emitidas